Organismos multilaterales vinculados al comercio(OMC), la salud(OMS) y la alimentación o protección alimentaria como la FAO, señalan que todos los países tienen autonomía para establecer restricciones o normas sanitarias dirigidas a regular el ingreso de productos alimenticiios a sus mercados, siempre que se destinen a proteger o resguardar lo siguiente:
- La vida y la salud humana o animal de los riesgos que pidiera entrañar el consumo de alimentos frescos,semi-procesados o procesados que contengan aditivos, contaminantes, toxinas u organismos portadores de enfermedades capaces de ocasionar perjuicios que limiten la salud o el bienestar físico, así como de los insumos, materiales, aparatos y máquinas destinados a la salud, limpieza e higiene.
- El equilibrio del ambiente biótico en el que se desenvuelven las distintas especies de organismos vivos adaptados como autóctonos, que puedan desarrollar enfermedades y extinguirse o cuya capacidad de control biológico sobre insectos y plagas controladas a disminuir.
- El equilibrio de los ecosistemas y sus recursos como suelo,masas de agua y atmósfera.
Cada país establece medidas necesarias para cubrir estos riesgos; por ejemplo: la firma de protocolos fito y zoosanitarios;establecimiento de medidas de control sanitario: donde permiten el ingreso de alimentos procesados, medicinas, suplementos vitamínicos,productos para uso médico,artículos de higiene y limpieza,etc.También es necesario incidir en la necesidad de respetar todas las normas, sean éstas de carácter técnico o de especificaciones de fabricación o sanitarias aplicables en el país importador.
No hay comentarios:
Publicar un comentario